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U.M.S.N.H. Año 13/Enero - Febrero/ No. 73



            yente Originario, cuando se redactó la Constitución    la Constitución Política de los Estados Unidos Mexi-
            Política de los Estados Unidos Mexicanos en 1917,      canos en materia de derechos humanos, para re-
            la cual ya había incorporado los derechos sociales,    conocer preponderancia a su promoción, respeto e
            entre otros, el derecho al reparto agrario, derecho    interpretación de acuerdo a los principios de indivi-
            laboral y seguridad social, principalmente. No obs-    sibilidad, pro persona, interdependencia y progresi-
            tante, la justicia penal se mantuvo reducida a la      vidad, así como la posibilidad de un control difuso;
            consideración de ser parte del derecho público,        y, el 6 de junio de 2011 (cuatro días antes de la refor-
            instaurada en México a la luz de las orientaciones     ma en materia de derechos humanos), se reforma
            de la ilustración europea, sobre la base de los prin-  la constitución en materia de juicio de amparo,
            cipios liberales de estricto derecho, ley previa, ley   como instrumento jurídico de control constitucio-
            escrita, juicio previo, formalidades esenciales y cul-  nal por vía de acción.
            pabilidad, entre otros.                                      En este sentido, tampoco debe ser omitida la
                  Por otra parte, al finalizar el siglo XX, debido   Declaración del Milenio en Nueva York a principios
            a la vecindad con Estados Unidos de Norteaméri-        de este siglo, que reafirma el criterio transversal en
            ca, México experimenta una incidencia delictiva y      el ejercicio de las políticas públicas, con un impac-
            violencia sin precedentes: nuevas figuras delictivas,   to directo en las causas generadoras del delito en
            delincuencia organizada, trasiego de drogas, tráfi-    los países en vías de desarrollo, pobreza, falta de
            co de armas y de personas, configurando una nueva      oportunidades a jóvenes, grupos vulnerables, entre
            región con el vecino país y una nueva dimensión de     otras.
            afectación de los delitos. En este sentido, el fenó-
            meno delictivo  regional  y el respeto  de los de-     A modo de resumen
            rechos humanos, coexisten como dos realidades                La  justicia  penal  en  México  se  ha  visto  in-
            ambivalentes en el México contemporáneo.               fluenciada por los derechos económicos, sociales y
                  México se ha incorporado poco a poco —tar-       culturales, después de la posguerra, a través de la
            díamente— a la práctica civilizada de respeto a los    comunidad internacional y su penetración en ma-
            derechos humanos, con acciones ejecutivas, legis-      teria de derechos humanos, dejando de lado su ca-
            lativas y judiciales muy concretas. Así, por ejemplo,   rácter netamente individualista. Sin embargo, por
            el  Pacto  Internacional de Derechos Económicos,       otra  parte,  el fenómeno criminal potencializa  sus
            Sociales y Culturales,  fue adherido  por el Estado    efectos más allá de nuestras fronteras, cuya pro-
            mexicano hasta el 23 de marzo de 1981, vigente a       blemática y solución configura una región especial
            partir del 12 de mayo de ese año; en diciembre de      con Estados Unidos de Norteamérica, generando el
            1998,  México  aceptó  la  competencia  contenciosa    tránsito de una justicia penal individualista hacia
            de la Corte Interamericana  de Derechos  Huma-         una de carácter colectiva y/o comunitaria.
            nos; el 10 de junio de 2011, se efectúa la reforma a



















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