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Año 13 / Septiembre - Octubre/ No. 77  U.M.S.N.H.



                  Ahora bien, como antes dije, la Primera Sala     das las autoridades mexicanas a dar un paso en el

            de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, al       futuro, en el sentido de que, en adelante, tengan
            resolver el amparo en revisión 245/2022, estable-      que contratar personal dedicado única y exclu-
            ció los límites y alcances para ejercer el derecho     sivamente a atender a la ciudadanía a través del
            de petición por medio de redes sociales. Todo ello     metaverso.
            se originó porque un ciudadano le pidió, a través            Lo anterior, da cuenta de que existe una la-

            de Twitter,  al Ayuntamiento  de Guadalajara  que      tente  necesidad de que el aparato burocrático
            pavimentara una avenida de donde él era vecino.        mexicano se adapte a los cambios tecnológicos,
            La autoridad no respondió a sus peticiones virtua-     a fin de resolver en menores tiempos y de mejor

            les, entonces el ciudadano enojado acudió ante un      manera las necesidades que aquejan a la sociedad.
            juez federal a promover un juicio de amparo indi-            Es cierto que ya ha habido grandes avances,
            recto a fin de solicitar el respeto y garantía de sus   como lo es hoy en día el propio Tribunal Electró-
            Derechos  Constitucionales,  particularmente,  el      nico o trámites que se pueden realizar de ma-
            derecho de petición que hizo valer a través de una     nera virtual (por ejemplo, trámites de actas de

            red social.                                            nacimiento,  denuncias  ante la  Fiscalía  en  línea,
                  Sin embargo, el asunto no lo pudo resolver       inclusive en la propia Universidad michoacana hay
            un juez federal y tuvo que intervenir la Suprema       muchos trámites que se hacen a través de correo

            Corte de Justicia de la Nación, sentando un impor-     electrónico); sin embargo, los retos siguen siendo
            tante precedente para el derecho de petición en        enormes.
            México.  La  corte  señaló  una  serie  de  elementos        En conclusión, una vez visto lo resuelto por
            necesarios a fin de determinar la legalidad de una     la Suprema Corte de Justicia de la Nación, ya no
            petición por medio de una red social:                  hay excusas para no establecer comunicación con

                                                                   nuestras autoridades a través de X (Twitter) y ges-
            1.  La autoridad a la que se hace la petición debe     tionar lo necesario para mejorar a nuestra socie-
                ser la titular de la cuenta a la cual se formulan   dad.

                las peticiones, es decir, que sea una página o
                cuenta oficial.
            2.  Que dicha autoridad haya habilitado normati-         Eduardo Vargas-Rodríguez. Licenciado en Dere-
                va o institucionalmente el uso de la red social        cho, egresado de la Universidad Michoacana de
                aludida como parte del ejercicio de su actuar                                 San Nicolás de Hidalgo.

                oficial.                                                                        1713703j@umich.mx
            3.  Que existan indicios de que el uso que la au-
                toridad da a la red social es precisamente el

                de captar, y en su caso, responder peticiones,
                entre otros fines, y no solo un uso mediático o
                de simple diálogo con los particulares, y;
            4.  Que lo expresado implique una genuina peti-
                ción y no solo un comentario u opinión.



                  No obstante, la propia corte también seña-
            la que, atendiendo al principio de progresividad

            de los derechos humanos, así como a los últimos
            avances tecnológicos, una petición hecha valer a
            través de Twitter es susceptible de ser atendida,
            por lo que, indirectamente, está obligando a to-






        Coordinación de la Investigación Científica                                                                     7
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