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Año 13 /Marzo-Abril/ No. 74 U.M.S.N.H.
• Administración de medicamentos notoria-
mente inapropiados.
• Presencia de actos de violencia física y/o
moral por parte del personal de salud, ya
sean médicos, enfermeros o personal admi-
nistrativo.
• Falta de realización de estudios y
análisis pertinentes para la emisión
de un diagnóstico médico.
• Dilación en la atención médica y
que la falta de oportunidad gene-
re daños.
• Error en el diagnóstico, de-
rivado de omisiones o faltas
graves. pug-
• Error en el tratamiento nar por el resarcimien-
para el padecimiento, to de un daño antiju-
derivado de omisiones o rídico e injusto al cual se
faltas graves. somete el gobernado en
ciertas ocasiones.
Para concluir, es impor- La Responsabilidad Pa-
tante que la ciudadanía conozca este mecanismo de trimonial del Estado fue creado como un medio
defensa contra las malas prácticas médicas, ya que es para fortalecer la certidumbre de los ciudadanos
un derecho que se encuentra a disposición de todo y obligar al Estado a una actuación más eficaz y
usuario de servicios de salud pública que consiste legal; asimismo, debería ser una herramienta que
en reclamar jurisdiccionalmente o ante el organis- funcione como uno de los pilares del Estado de de-
mo público que te brindó la mala atención médica y recho que mantenga la integridad del patrimonio
de los ciudadanos ante la posibilidad de que sus de-
rechos sean violentados por el poder público.
*María Fernanda Junco-Balderas. Estudiante de Doctorado en
Ciencias Jurídicas, Facultad de Derecho y Ciencias Sociales,
Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo.
Morelia, Michoacán, México.
1644260j@umich.mx
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