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U.M.S.N.H. Año 14/ Marzo - Abril/ No. 80



            que cuentan los habitantes para hacer valer su res-    poránea, debido a que las personas cuentan con
            peto.                                                  órganos internacionales fuera de las fronteras de
                                                                   sus Estados para reparar violaciones a derechos
            La visión internacional de los derechos humanos        humanos.
            en América                                                   Debemos precisar que este camino interna-
                  De forma general, hemos plasmado la armo-        cional podría decirse que es excepcional, es decir,
            nía  que  existe  en  la  nueva  cosmovisión  de  la  ob-  es posterior a la defensa y agotamiento de los re-
            servación de los derechos humanos en el  ámbito        cursos jurídicos internos, porque así lo dispone es-
            universal,  regional  y  nacional,  donde  podríamos   pecialmente  la  Convención  Americana sobre los
            sumar la globalización como fenómeno que, en su        Derechos Humanos, tratado emblemático de Amé-
            parte propositiva,  ha  apoyado  el fortalecimien-     rica que señala dos órganos para su observación:
            to de los derechos humanos. Es necesario apun-         La Comisión y la Corte Interamericana de Derechos
            tar que, al igual que varias transformaciones en el    Humanos.
            mundo, el tema de cambio en derechos humanos                 En  este contexto,  existe la posibilidad  de
            fue la Segunda Guerra Mundial, la cual provocó una     presentar peticiones o denuncias individuales o
            reflexión  internacional  para  fortalecer  su  respe-  colectivas por presuntas violaciones a derechos hu-
            to, expandiéndolos normativamente en el ámbito         manos frente a cualquier Estado en el ámbito regio-
            mundial por medio de los acuerdos y tratados in-       nal (América) ante la Comisión Interamericana, la
            ternacionales para hacerle frente a los abusos del     cual, con sus procedimientos, verifica las posibles
            poder al interior de las naciones.                     violaciones y, en su caso, por conducto de una reso-
                  En  armonía  con  lo  anterior,  el avance  de   lución de fondo decide si lo hace del conocimiento
            México se ha demostrado con las reformas a la          de la Corte Interamericana de Derechos Humanos
            Constitución Política de los Estados Unidos Mexi-      para que este órgano jurisdiccional, que es el últi-
            canos y con los diversos tratados internacionales      mo intérprete de la Convención Americana sobre
            firmados sobre derechos humanos con la finalidad       Derechos Humanos, por sentencia, determine  la
            de ampliar su observación en el territorio nacional.   responsabilidad o no del Estado.
                  A pesar de lo anterior, tanto en México como           Sobre las ideas anteriores, podemos identifi-
            en los demás países, siguen existiendo violaciones     car el avance en la época contemporánea de la ob-
            a derechos humanos, lo que hace evidente las difi-     servación y protección de los derechos humanos en
            cultades para su defensa. Por estas causas, cobra      el ámbito internacional, lo cual permite a las perso-
            especial importancia seguir fortaleciendo la nue-      nas traspasar la frontera de los Estados, por decirlo
            va  visión  contemporánea  universal  de  observa-     de cierta forma, para presentar, previos requisitos
            ción de los derechos humanos bajo una transfor-        de procedencia, peticiones o denuncias por viola-
            mación mundial que abre la posibilidad de acudir a     ciones de derechos humanos frente a los Estados
            defenderlos  ante instancias internacionales. Este     con la finalidad de repararlos mediante una resolu-
            camino  de defensa  universal, es el gran cambio       ción internacional.
            de paradigma de su defensa en la época contem-

















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               tencias. https://corteidh.or.cr/casos_sentencias.cfm





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